TEXTO ACTUALIZADO CON LAS CORRECIONES PUBLICADAS EN EL DOG DEL DÍA 17/08/2017

Convocatoria para integrar a los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el mercado laboral a través de los siguientes programas:

Programa I: promoción del empleo autónomo de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Programa II: incentivos a empresas y empleadores, con centros de trabajo en Galicia, que contraten de manera indefinida inicial  o temporal o transformen un contrato temporal en indefinido a los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Programa III: programa de cooperación con las entidades sin ánimo de lucro, dirigido a mejorar la empleabilidad y la inserción profesional de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

El importe destinado a estas subvenciones es de 9.037.619 euros.

Las solicitudes de subvención se deberán presentar por separado para cada uno de los programas.

Beneficiarios:

Empresas, entidades sin ánimo de lucro y personas autónomas.

Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos.

 

Programa I. Promoción del empleo autónomo.

Personas beneficiarias:

Jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que vayan a crear su propio puesto de trabajo constituyéndose en personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, y que desenvuelvan su actividad en Galicia.

Las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia podrán ser beneficiarias de las ayudas de este programa, cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles de nueva creación, si la solicita a título personal.

Quedan excluidas las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales y los autónomos colaboradores.

No serán beneficiarias cuando estén excluidas  del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programa de empleo.

Cuantía de la subvención:

4 000 euros, en algunos casos la base se incrementará, siendo el tope de 8 000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el 07/08/17 al 30/09/17

 

Programa II. Fomento de la contratación por cuenta ajena.

Personas beneficiarias:

Personas empleadoras y las empresas, de cualquiera forma jurídica, que contraten trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en Galicia.

No serán beneficiarias las administraciones públicas, las sociedades públicas, ni las entidades vinculantes o dependientes de ellas.

No serán entidades beneficiarias cuando estén excluidas  del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programa de empleo.

Serán subvencionables:

Las contrataciones indefinidas iniciales y las contrataciones temporales realizadas desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017 formalizadas con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Las transformaciones en indefinidos de los contratos temporales realizados desde el 1 de octubre de 2016 y subvencionados en este programa, siempre que la transformación se realice hasta el 30 de septiembre de 2017, formalizadas con personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2016 y la fecha de publicación de esta orden se deberán presentar en el plazo de 2 meses (a contar desde el 07/08/17). Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2016 y la fecha de publicación de esta orden se deberán presentar en el plazo de 1 mes (a contar desde el 07/08/17).

Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de la orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en la que se inicie la relación laboral por la que se solicita la subvención.

El plazo para la presentar las subvenciones termina el 30 de septiembre de 2017, aunque no transcurrieran los plazos anteriores.

 

Programa III. Programas de cooperación.

Entidades beneficiarias y requisitos:

Entidades sin ánimo de lucro con la capacidad técnica y la gestión suficiente para la ejecución de los proyectos correspondientes.

Los servicios que se desarrollen deberán ser de interés general y social y ejecutados en Galicia.

La duración de los contratos será de 7 meses a jornada completa.

Plazo de presentación de solicitudes:

Será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOG, HASTA EL 07/09/17 se podrá presentar.

Sólo se podrá presentar una solicitud por entidad.

 

*DOG. ENLACE  A LA PUBLICACIÓN ORIGINAL DE LA AYUDA.

*SE HAN ENUNCIADO OTRA SERIE DE MODIFICACIONES, EXPLICADAS EN EL SIGUIENTE ENLACE.