Desde el pasado 7 de junio, las empresas ya no pueden realizar llamadas comerciales o de atención al cliente desde líneas móviles. Así lo establece la nueva Orden TDF/149/2025, publicada por el Ministerio de Transformación Digital. El cambio busca frenar el uso fraudulento de llamadas no identificadas y mejorar la transparencia en la comunicación entre empresas y consumidores.

 

📞 ¿Qué se prohíbe exactamente?

A partir de esta normativa, queda totalmente prohibido utilizar numeraciones móviles (prefijos 6 y 7) para contactar comercialmente con clientes o usuarios, salvo que exista un consentimiento expreso y verificable. La medida incluye tanto llamadas de telemarketing como llamadas de atención saliente desde departamentos de soporte.

Además, los operadores de telecomunicaciones están obligados a bloquear automáticamente este tipo de llamadas si provienen de móviles, lo que impide su uso incluso si una empresa lo intenta.

 

¿Qué líneas pueden usarse?

Las únicas numeraciones autorizadas para llamadas comerciales o de atención son:

  • Números fijos geográficos (provinciales)

  • Numeraciones comerciales específicas como el 1004, 1470, etc.

  • Números gratuitos con prefijos 800 y 900 (incluso para llamadas salientes, tras la modificación de su asignación)

  • Numeración corta empresarial autorizada por la CNMC

Queda fuera del juego cualquier línea móvil corporativa o personal, aunque se utilice con fines comerciales.

 

🔍 ¿Por qué este cambio?

El Gobierno justifica la medida como un paso firme en la lucha contra el fraude telefónico y el uso abusivo del canal móvil para campañas de spam. En los últimos años, el número de reclamaciones por llamadas comerciales desde móviles ha aumentado de forma alarmante, especialmente aquellas que simulaban ser números locales o particulares.

La normativa se alinea con las reformas en la Ley General de Telecomunicaciones y con el Reglamento Europeo de Privacidad, reforzando la necesidad de consentimiento claro y protección de datos personales.

 

⚠️ ¿Qué consecuencias hay para las empresas?

El incumplimiento de la norma puede acarrear multas de hasta 2 millones de euros, además de la suspensión de numeraciones y medidas cautelares por parte de la CNMC.

Toda empresa que realice llamadas comerciales, outsourcers incluidos, deberá:

  1. Eliminar el uso de móviles en su red de emisión de llamadas comerciales.

  2. Actualizar su infraestructura telefónica para operar solo con líneas fijas, 900 u oficiales.

  3. Registrar y acreditar el consentimiento explícito de los clientes si se pretende realizar llamadas no solicitadas.

  4. Formar al personal y equipos técnicos sobre la nueva legislación para evitar sanciones.

 

🧩 ¿Qué ocurre con las llamadas solicitadas?

La norma permite seguir usando móviles solo si la llamada ha sido expresamente solicitada por el usuario, por ejemplo, a través de un formulario web o tras una cita previa. Sin embargo, el Ministerio recomienda evitar este canal incluso en esos casos, para prevenir errores de cumplimiento.

 

🔐 Más protección para el consumidor

Además del veto a los móviles, la orden refuerza medidas contra el spoofing internacional: se bloquearán llamadas entrantes con numeración falsa o no asignada (por ejemplo, números que simulan ser españoles pero provienen del extranjero), algo habitual en estafas telefónicas.