Nueva ayuda de la Xunta para contratar jóvenes menores de 30 años con contratos formativos
La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria 2026 del programa “Primera experiencia profesional de las personas jóvenes”, identificado con el código de procedimiento TR353C. Esta línea de ayudas tiene como finalidad favorecer la incorporación al mercado laboral de personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, facilitando que puedan adquirir una primera experiencia profesional en empresas gallegas.
¿En qué consiste esta ayuda?
Se trata de una subvención dirigida a empresas, autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades empleadoras que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo situados en Galicia. También pueden acceder centros especiales de empleo y empresas de inserción laboral, con determinadas limitaciones.
La finalidad principal del programa es mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes y favorecer la retención del talento en Galicia, permitiendo que accedan a una primera experiencia laboral vinculada a su formación o a un proceso de formación en alternancia.
¿Qué contratos pueden subvencionarse?
La ayuda se concede por la formalización de contratos formativos, concretamente:
- Contratos para la obtención de la práctica profesional, dirigidos a personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional, certificados profesionales o titulaciones equivalentes.
- Contratos de formación en alternancia, para compatibilizar actividad laboral retribuida con procesos formativos.
En ambos casos, los contratos deberán tener una duración mínima de 12 meses y ser a jornada completa. Además, el centro de trabajo debe estar ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Requisitos de la persona contratada
Para que la contratación sea subvencionable, la persona trabajadora debe cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:
- Tener cumplidos los 16 años y no haber cumplido los 30 años en el momento de la contratación.
- Estar desempleada el día inmediatamente anterior al inicio del contrato.
- Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia en el momento de la contratación, salvo determinadas excepciones previstas en la normativa.
- No tener una experiencia profesional superior a 365 días en el mismo grupo de cotización en el que vaya a ser contratada.
En el caso del contrato para la obtención de práctica profesional, además, la persona debe contar con una titulación habilitante y el contrato deberá formalizarse dentro de los tres años siguientes a la finalización de los estudios, o dentro de los cinco años si se trata de una persona con discapacidad.
Importe de la subvención
La cuantía de la ayuda depende del grupo de cotización de la persona contratada. Para contratos de 12 meses a jornada completa, las cuantías máximas son:
| Grupo de cotización | Ayuda máxima |
|---|---|
| Grupos 1 y 2 | 16.625 € |
| Grupos 3 a 7 | 13.300 € |
| Grupos 8 a 11 | 9.975 € |
Estas cuantías toman como referencia los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 16 de junio de 2026 a las 09:00 horas y finalizará el 30 de septiembre de 2026 a las 20:00 horas. La solicitud deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia.
Es importante tener en cuenta que estas ayudas se tramitan en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que no se comparan las solicitudes entre sí por puntuación, sino que se conceden a medida que se comprueba el cumplimiento de requisitos y siempre que exista crédito disponible.
Periodo de contratación subvencionable
Podrán ser subvencionables tanto nuevas contrataciones como contrataciones realizadas con anterioridad a la solicitud, siempre que cumplan los requisitos establecidos. El periodo durante el cual deben realizarse los contratos formativos subvencionables comprende desde el 16 de octubre de 2025 hasta el 30 de octubre de 2026.
Además, en el caso de nuevas contrataciones, estas deberán iniciarse en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la concesión de la ayuda y, en todo caso, antes del 30 de octubre de 2026.
Obligaciones para la empresa beneficiaria
La empresa o persona empleadora beneficiaria deberá mantener a la persona contratada durante un periodo mínimo de 12 meses. Si el contrato se extingue antes de finalizar ese periodo, puede producirse la obligación de reintegrar total o parcialmente la ayuda, salvo en determinados supuestos, como baja voluntaria, fallecimiento, incapacidad permanente, despido disciplinario procedente o no superación del periodo de prueba en el contrato de práctica profesional. En algunos casos, se permite sustituir a la persona trabajadora en el plazo máximo de 15 días.
También deberá cumplir con las obligaciones laborales, salariales y de Seguridad Social correspondientes, comunicar los contratos a través de Contrat@ y presentar la documentación justificativa exigida dentro de los plazos establecidos.
¿Por qué puede ser interesante para las empresas?
Esta convocatoria puede ser una buena oportunidad para aquellas empresas gallegas que tengan previsto incorporar talento joven y puedan hacerlo mediante un contrato formativo correctamente planteado. La ayuda puede cubrir una parte relevante del coste laboral, siempre que se cumplan los requisitos del programa y se mantenga la contratación durante el periodo exigido.
No obstante, antes de formalizar el contrato o presentar la solicitud, conviene revisar bien la modalidad contractual, el perfil de la persona trabajadora, el grupo de cotización, la titulación, la experiencia previa y la situación como demandante de empleo. Un error en cualquiera de estos puntos puede impedir el acceso a la subvención o generar problemas posteriores de justificación.