Beneficiarios:

Hay que ser autónomos, tener domicilio fiscal en Galicia llevar más de 42 meses de actividad  (3 años y medio), facturación mínima de 12.000€ anual, I.V.A. incluido, que el rendimiento neto reducido de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual sea inferior a 30.000 euros declarados en el año anterior a la convocatoria.

Subvención de hasta 3.000€.

Esta ayuda se destinará a gastos de los siguientes servicios:   

Profesionalización: servicios de mejora de la gestión financiera y procura del financiamiento, servicios de optimización de procesos de producción y cadena logística, relanzamiento comercial, imagen y comunicación y posicionamiento web.

Desenvolvimiento estratégico: plan de mejora empresarial, márketing, redefinición del modelo de negocio e identificación de socios y redes de cooperación.

Además de los anteriores será computable como gasto subvencionable cualquiera servicio o actividad que sea dirigido a aumentar la competividad.

También cuenta como gasto el pago del importe del cofinanciamiento privado de los servicios contratados con el Igape a través del programa Re-Acciona .

Serán subvencionables los gastos a partir del día siguiente de la publicación, justificados, mediante facturas y documentos bancarios que acrediten el pago, con anterioridad a la finalización del período de justificación establecido en la resolución de concesión o, hasta el 20 de diciembre del ejercicio en curso.

Solicitud y presentación:

Las solicitudes sólo se pueden presentar por medios electrónicos a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Si alguien presenta la solicitud presencialmente, será requerido para que la emende a través de la presentación electrónica.

La persona solicitante podrá contar con la asistencia de la Red de técnicos de empleo de Galicia da Consellería de Economía, Emprego e Industria.

Documentación:

Las solicitudes se tienen que presentar en los modelos normalizados que figuran en la orden como anexos numéricos y deberán ir acompañados de la siguiente documentación:

Si se actúa en representación, un poder de la persona representante.

Memoria descriptiva del servicio o actividad solicitada, justificando su necesidad para el desarrollo de la mejora competitiva (en el anexo I)

Certificación de la entidad prestadora del servicio en la que conste su idoneidad para su prestación y el contenido de dita prestación.

En caso de ser realizado el servicio factura y justificante bancario, o factura pro forma (anexo II).

Si el gasto subvencionable supera los 18.000 euros, se deberán presentar mínimo 3 ofertas distintas de diferentes proveedores, a menos que no haya tantos en el mercado que presten el servicio, o si el gasto se realizó con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si no se elige la oferta más ventajosa hay que justificarlo en la memoria.

A documentación complementaria se presentará por vía electrónica.

Anticipos de pago:

Si te conceden la subvención te anticiparán el 100%

El plazo máximo para presentar la solicitud de pago es hasta el 20 de diciembre. No se admiten pagos en efectivo.

Es obligatorio estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como con la comunidad autónoma y la administración.

Incompatibilidades:

No puede superar el 80% de coste la subvención (contando esta subvención y más si hay).

Obligaciones:

Estar dado de alta en el RETA mínimo 2 años, desde la solicitud de la subvención.

Someterse a cualquiera control que sea requerido.

Crédito total: 3.000.000 euros

Plazo de solicitudes: será de un mes a partir del día siguiente de la publicación en el DOG.

ENLACE AL DOG