Comunicación importante para autónomos en relación a la crisis del COVID19

Comunicaros que a partir del  día 17 de abril  todas las mutuas procedieron a realizar la primera transferencia de pago de las solicitudes que hayan podido resolver según los criterios marcados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En dicho pago, en caso de cumplir los requisitos, entren todas las solicitudes que se reciban en las mutuas  hasta el día 14 de abril inclusive.

Las solicitudes que no puedan resolverse en ese primer plazo, bien porque se presenten posteriormente al 14 de abril o bien porque que tengan alguna incidencia, se gestionarán o subsanarán, según el caso, para que se incluyan en la siguiente transferencia de pago que está pendiente de determinar por el Ministerio.

También queremos informaros de que la Tesorería General de la Seguridad Social ha informado, sobre las devoluciones de cuotas de los trabajadores por cuenta propia que tengan aprobada la prestación extraordinaria de cese de actividad, que:

 

  1. Las cuotas correspondientes a los días comprendidos entre el 14 y el 31 de marzo, de los trabajadores autónomos que sean beneficiarios de la prestación por cese en la actividad, serán devueltas en la segunda quincena del mes de mayo. Las cuotas del mes de abril que pudieran ser cargadas a los trabajadores autónomos por haberse reconocido la prestación por las mutuas después de que la TGSS hubiese remitido la información a las entidades financieras para el cargo en cuenta, serán devueltas de oficio en el mes de junio.
  2. La devolución de estas cuotas se efectuará de oficio y, por tanto, no es necesario presentar ninguna solicitud
  3. El importe será ingresado en la cuenta bancaria donde se realizó el cargo.