La Xunta de Galicia ha publicado el Decreto 76/2025, de 29 de agosto, que activa un paquete extraordinario y de concesión directa para reparar los daños personales y materiales causados por los incendios forestales del verano de 2025. El decreto entra en vigor el 30 de agosto de 2025 con su publicación en el DOG y habilita a las consellerías a lanzar convocatorias específicas por sectores y daños.

 

Claves que interesan a empresarios y autónomos

  • Ámbito: todo el territorio de Galicia afectado por los fuegos del verano 2025.

  • Naturaleza de las ayudas: subsidiarias respecto a seguros u otras coberturas; compatibles y complementarias hasta el límite del daño. La Administración podrá subrogarse contra los causantes.

  • Régimen: concesión directa por interés público, con posibilidad de anticipos hasta el 100% sin garantías y exenciones de ciertos requisitos habituales de subvenciones dada la emergencia.

  • Contratación pública: se autoriza la tramitación de emergencia para obras, servicios y suministros de reposición (incluye infraestructuras forestales, eléctricas, hidráulicas, de transporte, ambientales).

  • Plazos: se fijarán en cada orden/convocatoria sectorial que despliegue el decreto. Ya se publicaron las primeras bases para daños personales y explotaciones forestales, agrícolas y ganaderas.

 

Quién puede ser beneficiario

  1. Personas y hogares: daños en vivienda principal (y anejos), otras viviendas y ajuar doméstico.

  2. Empresas y autónomos: establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles (edificios, instalaciones, maquinaria, mercancías y vehículos afectos). Quedan fuera generación/transporte/distribución eléctrica salvo equipos de generación incluidos en el propio establecimiento.

  3. Sector primario: explotaciones forestales, agrícolas y ganaderas y maquinaria vinculada.

  4. Entidades locales: gastos por actuaciones de emergencia y daños en bienes municipales; pueden resarcir gastos de vecinos colaboradores en la extinción.

  5. Terrenos cinegéticos (TECOR) y infraestructuras de uso público en espacios protegidos y reservas de biosfera.

 

Importes y referencias de cuantías (según el decreto)

  • Daños personales:

    • Fallecimiento o incapacidad permanente absoluta: 87.700 €.

    • Lesiones con hospitalización: 120 €/día (según condiciones de cada orden).

  • Vivienda principal (ruina, rehabilitación o reparación, con anejos e instalaciones): hasta 100% del coste con límite de 132.000 €.

  • Otras viviendas: hasta 100% del coste con límite de 66.000 € (o valor catastral en ruina, con tope 66.000 €).

  • Ajuar doméstico:

    • Vivienda principal en ruina: 100% con tope 16.200 €.

    • Otras viviendas en ruina: 50% con tope 5.400 €.

    • Otros supuestos: hasta 100% (tope 7.600 €) o 50% (tope 3.300 €) según sea vivienda habitual u ocasional. Xunta de Galicia

Ojo: estas cifras son marco máximo del decreto. Los detalles operativos (plazos, documentación exacta, compatibilidades finas) los fijará cada orden de convocatoria. Ya están publicadas las primeras para daños personales (FA100A) y daños en explotaciones (MR616A/MR616C). Xunta de Galicia

 

Compatibilidad y relación con seguros

Las ayudas son subsidiarias de seguros, consorcio u otros apoyos públicos/privados. Si no cubren todo, la Xunta podrá complementar hasta el límite del daño. El beneficiario cede acciones a la Administración para repetir contra los responsables. Para empresas con pólizas multirriesgo: preparen certificaciones de siniestro, peritaciones y liquidaciones para justificar el tramo no cubierto.

 

Procedimiento y próximos pasos para empresas

  1. Mapa de daños por activo: inmueble, instalaciones, maquinaria, stocks, vehículos afectos, pérdidas de producción.

  2. Dossier probatorio: fotos/geo, informes técnicos, partes de siniestro, peritaciones, facturas, albaranes, contratos de reposición, justificantes de pago.

  3. Seguros: solicitar al seguro/Consorcio la carta de cobertura/no cobertura y la liquidación para acreditar el daño residual.

  4. Convocatorias activas: revisar los códigos de procedimiento en el DOG y en la Sede de la Xunta (vivienda, explotaciones, empresas, infraestructuras públicas).

  5. Plazos: seguir los plazos concretos de cada orden; el decreto permite anticipos hasta el 100% sin garantías.

Medidas complementarias de interés empresarial

  • Tramitación de emergencia en contratación pública para restablecer infraestructuras (posibles oportunidades para constructoras, suministradores y servicios técnicos con implantación en Galicia).

  • Suspensión de términos y plazos administrativos en la Xunta para residentes y titulares de actividades radicadas en concellos afectados desde el 28 de julio, mientras los incendios estén activos (útil en recursos, trámites o expedientes en curso).

  • Financiación: fondo extraordinario y posibilidad de compromisos plurianuales, lo que debería dar cobertura a convocatorias sin “ventanillas” competitivas.

 

Dónde informarse y primeras órdenes publicadas

  • Decreto 76/2025 (DOG 30/08/2025): marco general de ayudas y facultades de cada consellería. Xunta de Galicia

  • Página de la Xunta “Axudas lumes”: agregador por tipos (viviendas, explotaciones, empresas, espacios protegidos, entidades locales). Sede electrónica Xunta de Galicia

  • Órdenes ya en vigor:

    • Daños personales (FA100A). Xunta de Galicia

    • Daños en explotaciones forestales, agrícolas y ganaderas (MR616A/MR616C)