A partir del 1 de noviembre de 2024, entrará en vigor una importante modificación en la normativa fiscal española que afectará a todas las personas que perciban la prestación por desempleo. Según el Real Decreto-ley 2/2024, aprobado el pasado mayo y publicado en el BOE, todos aquellos que cobren el paro deberán presentar de forma obligatoria la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), incluso si no alcanzan el umbral de ingresos que tradicionalmente eximía de esta obligación.

Cambios clave en la normativa

Hasta la fecha, solo aquellos contribuyentes que superaban los 22.000 euros anuales con un único pagador o los 15.000 euros si tenían varios pagadores y superaban los 1500 euros de retribución en alguno de estos pagadores, estaban obligados a realizar la declaración de la renta. Sin embargo, con esta nueva normativa, cualquier persona que haya percibido la prestación por desempleo, independientemente de la cuantía de sus ingresos, estará obligada a cumplir con esta presentación anual ya en la siguiente campaña de la declaración de la renta.

La Agencia Tributaria ha explicado que esta medida, impulsada bajo la premisa de la simplificación y mejora de la protección por desempleo, tiene como objetivo mejorar el control de la asistencia económica y asegurar una mayor transparencia en los datos fiscales de los beneficiarios. Esto permitirá una mejor adaptación del sistema tributario a las necesidades asistenciales y garantizará que los beneficiarios de prestaciones cumplan con sus obligaciones fiscales de manera adecuada.

Consecuencias por incumplimiento

El Artículo 271 «Suspensión de derecho» del Real Decreto especifica que aquellos beneficiarios que no presenten la declaración de la renta dentro de los plazos estipulados se enfrentarán a la suspensión de su prestación. La entidad gestora del desempleo detectará el incumplimiento fiscal y tomará las medidas oportunas, lo que podría suponer la interrupción de los pagos de la prestación hasta que la situación se regularice.

Es crucial que los desempleados estén al tanto de esta nueva normativa, ya que su incumplimiento podría tener consecuencias graves, afectando tanto su situación fiscal como su acceso a la prestación.

 

¿Qué deben hacer los beneficiarios del paro?

Todas las personas que perciban el paro deberán asegurarse de incluir esta información en su declaración de la renta. La prestación por desempleo será considerada un ingreso más y, por lo tanto, formará parte del cálculo del IRPF.

Este cambio representa una modificación importante en las obligaciones tributarias de los ciudadanos, y la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes herramientas y recursos para facilitar este trámite. No obstante, la recomendación para los beneficiarios es que, ante cualquier duda, consulten con byb asesores  para realizar su declaración de la renta o se informen a través de los canales oficiales para evitar sanciones o problemas futuros.