Nuevo Registro Horario Digital 2025: así cambiará la gestión del tiempo laboral en las empresas

El Ministerio de Trabajo ha publicado un borrador de Real Decreto sobre el registro horario digital que reformará de forma profunda el sistema actual implantado en 2019. El texto, en consulta pública, busca garantizar un control horario fiable, digital y trazable en todas las empresas españolas.

Objetivo del nuevo Real Decreto

El propósito es reforzar el cumplimiento efectivo de las jornadas laborales y facilitar las tareas de la Inspección de Trabajo. Según el borrador, el sistema actual presenta “insuficiencias” que impiden detectar de forma eficaz los excesos de jornada y las horas extra no compensadas.

Por ello, el Ministerio propone un modelo más homogéneo y moderno, basado en registros digitales, verificables e inalterables.

Registro horario 100% digital y trazable

El borrador establece que el registro deberá realizarse obligatoriamente por medios digitales, eliminando el uso de hojas en papel o documentos manipulables. Solo se permitirán excepciones temporales en caso de incidencia técnica grave, debidamente documentada y con digitalización posterior.

Además, cada anotación deberá incluir:

  • Identificación del trabajador.
  • Hora exacta de inicio y fin de la jornada.
  • Trazabilidad de las modificaciones (quién las hace, cuándo y por qué).

Mayor detalle: horas extra, descansos y desconexión digital

El nuevo modelo exigirá reflejar:

  • Horas ordinarias, extraordinarias y complementarias.
  • Descansos y pausas no computables como trabajo efectivo.
  • Tiempos de espera, interrupciones y periodos de desconexión.
  • Cómo se compensa cada hora extra (descanso o pago económico).

De esta forma, cada registro de jornada incluirá no solo las horas trabajadas, sino también el tipo de compensación aplicada, lo que aporta una trazabilidad completa y un mayor control legal.

Transparencia y acceso a la información

Los delegados de personal y representantes de los trabajadores tendrán acceso al registro horario completo. En caso de discrepancias, la empresa deberá informarles inmediatamente.

Asimismo, los registros deberán conservarse durante al menos cuatro años y estar disponibles en tiempo real para la Inspección de Trabajo.

Aplicable también a subcontratas y teletrabajo

El Real Decreto ampliará las obligaciones a empresas subcontratadas. Todas las personas que trabajen en un centro deberán poder fichar en el mismo sistema, incluso si pertenecen a contratas externas.

En el caso del teletrabajo, el sistema deberá permitir fichajes remotos y verificación de identidad mediante métodos seguros (como biometría, firma electrónica o credenciales personales).

Entrada en vigor y periodo de adaptación

El Real Decreto entrará en vigor 20 días después de su publicación en el BOE. No obstante, se prevé un periodo transitorio para que las empresas adapten sus sistemas digitales. Según las previsiones, la aplicación efectiva podría comenzar entre finales de 2025 y el primer trimestre de 2026.

 

 

Fuente oficial: Ministerio de Trabajo y Economía Social – Consulta pública del borrador del Real Decreto