El pasado jueves 24 de agosto salieron publicadas en el DOG (Diario Oficial de Galicia) las bases reguladoras para ampliar la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para la consolidación del trabajo autónomo.

Finalidad:

Mediante la ayuda se podrá ampliar la tarifa plana para autónomos (50€/mensuales) seis meses adicionales a los primeros seis, completando así  un máximo de doce meses de reducción.

Beneficiarios:

Personas trabajadoras que estén dadas de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos. También es necesario que estén o estuvieran acogidas a los incentivos y medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo del párrafo primero del artículo 31.1 de la Ley 20/2007, del 11 de julio,  y las que terminen en el año 2017.

Requisitos:

*Ser beneficiarias de las reducciones del párrafo primero del artículo 31.1 de la Ley 20/2007, según la modificación efectuada por la Ley 31/2015.

*Finalizar las reducciones indicadas durante el ejercicio a que se refiere la convocatoria de esta orden de subvenciones.

*Realizar su actividad en Galicia.

* Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.

*Los beneficiarios tienen la obligación de comunicar las variaciones o extinciones de las condiciones que le dieron derecho a percibir esta ayuda.

*Mantener las condiciones que le dieron derecho a gozar de las reducciones en las cuotas de la Seguridad Social.

*Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el Consejo de Cuentas en el ejercicio de sus funciones.

*No tener obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de Galicia, ni con la Seguridad Social.

Importe destinado a las ayudas:

Tres millones de euros.

Presentación de las solicitudes:

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia:

https://sede.xunta.gal.

Plazo de solicitud:

Desde el 25 de agosto de 2017 hasta el 2 de octubre de 2017.

**Enlaces a los textos oficiales del DOG:

ORDE do 9 de agosto de 2017 

EXTRACTO da Orde do 9 de agosto de 2017