El nuevo marco normativo actualiza el Registro Gallego Sanitario de Empresas Alimentarias e impone requisitos de higiene más rigurosos para garantizar la seguridad de los consumidores y facilitar la supervisión oficial. Aún no está en vigor: entrará en aplicación 20 días después de su publicación en el DOGA.

La Xunta de Galicia ha aprobado un nuevo decreto que regula el Rexistro Galego Sanitario de Empresas e Establecementos Alimentarios (Regasa) y establece requisitos específicos de higiene en la producción y comercialización de alimentos en el ámbito autonómico. La norma, que ha recibido dictamen favorable por unanimidad del Consello Consultivo de Galicia, adapta la legislación autonómica al Real Decreto estatal 1021/2022 y supone un paso adelante en el control y la trazabilidad del sector alimentario gallego.

Una de las principales novedades del decreto es la incorporación al ámbito del Regasa de los establecimientos de venta ambulante o provisionales, como carpas, puestos, vehículos de venta ambulante, almacenes de apoyo y cualquier instalación donde se realicen, de forma principal, operaciones de venta directa al consumidor final. Esta inclusión permitirá a las autoridades locales y a la Consellería de Sanidade realizar inspecciones sobre estos espacios, reforzando el control sanitario en un segmento que, hasta ahora, podía quedar parcialmente fuera del radar administrativo.

El nuevo marco normativo, estructurado en cuatro capítulos y dieciséis artículos, regula el procedimiento de inscripción, modificación y cese de actividad en el registro, además de establecer condiciones para la comercialización de alimentos preparados en viviendas particulares y para la distribución entre pequeños comercios de productos de origen animal. También se introducen requisitos específicos para los almacenes de apoyo, esenciales para garantizar la adecuada conservación y seguridad de los productos.

Asimismo, se detalla el contenido mínimo de la declaración responsable que los operadores deberán presentar ante el inicio de la actividad, especialmente en el caso de quienes elaboren alimentos en domicilios particulares. Esta medida busca simplificar la relación entre la Administración y los pequeños productores, al tiempo que asegura el cumplimiento de los mínimos sanitarios exigibles.

El decreto también incorpora un régimen sancionador específico, aplicable a las infracciones relacionadas con la falta de comunicación previa del inicio de actividad.

Entra en vigor tras su publicación en el DOGA

Aunque el decreto ya ha sido aprobado por el Ejecutivo autonómico, aún no ha entrado en vigor. Lo hará 20 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOGA), momento a partir del cual será obligatorio para todas las empresas afectadas.

Un registro clave para la seguridad alimentaria

El Regasa tiene como finalidad principal la protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores, facilitando el control oficial sobre todas aquellas empresas que manipulan, preparan, almacenan, transforman o distribuyen alimentos, ya sea en establecimientos físicos o mediante entrega a domicilio, en el territorio gallego.

Con esta actualización, la Xunta busca reforzar los mecanismos de control e inspección, responder a las nuevas realidades del comercio alimentario —cada vez más descentralizado y diversificado— y garantizar que todos los operadores, incluidos los más pequeños, cumplan con los estándares básicos de higiene y trazabilidad.